

Escrito por: María del Pilar pineda
Desde Conectar Seguros queremos darte la información más importante que debes conocer al respecto, y puedas estar muy bien informado sobre este importante proyecto de ley, y para ello es importante ser muy claros que nos limitamos a brindarte la información sin ningún tipo de sesgo político, ni mucho menos opiniones personales frente a la percepción que podamos tener respecto a los cambios planteados.
Lo primero que debes saber es que actualmente en Colombia coexisten dos regímenes pensionales: el público, administrado por Colpensiones, y el privado, administrado por los fondos de pensiones obligatorias.
Uno de los objetivos fundamentales de la reforma pensional propuesta, es unificar estos dos regímenes, convirtiéndolos en uno solo que se sustentaría en cuatro (4) pilares fundamentales: solidario, semicontributivo, contributivo y de ahorro.
A continuación te explicaremos en qué consiste cada uno de estos pilares:
Pilar Solidario: Este es uno de los puntos más novedosos del proyecto (a nuestro modo de ver) tal y como está planteado, y consiste en entregar una renta básica de jubilación a las personas mayores de 65 años que a lo largo de su vida no hubieran alcanzado a cotizar las semanas necesarias para acceder a una pensión.
Pilar Semicontributivo: reemplazaría el régimen de prima media, como lo conocemos, y que es administrado por Colpensiones. Consiste en entregar una renta vitalicia para aquellas personas que no se pudieron pensionar pero que si tienen semanas cotizadas en Colpensiones o en una Administradora de Fondo de Pensiones (AFP). Aquí hay 3 subgrupos:
Pilar Contributivo: este punto reemplaza el régimen de ahorro individual con solidaridad, que administran los fondos privados, y funcionaría así: Las cotizaciones hasta 3 salarios mínimos mensuales legales vigentes irán a Colpensiones y el excedente iría a los Fondos Privados. Es decir, ambas entidades se encargarían de generar una sola pensión por vejez.
En este punto debemos tener en cuenta que la distribución del aporte sería así: 75% a cargo del empleador y 25% a cargo del empleado.
Pilar del Ahorro Voluntario: como su nombre lo indica, es un mecanismo opcional, que complementaria los tres pilares anteriores. Consiste en la posibilidad que van a tener las personas de incrementar su pensión o adelantar su edad de jubilación, destinando un porcentaje adicional de su salario en un fondo de ahorro individual o colectivo.
Otros puntos muy importantes que debes tener en cuenta son:
¿Cuéntanos si tienes alguna inquietud y qué es lo que a ti más te inquieta de este proyecto.
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